Ley Nº 2332, Art. 2º.- Establece facilidades para el Reemplaque de Vehículos de acuerdo a lo siguiente:
Decreto Supremo Nº 24604, Art. 23º.- La nueva placa de circulación constituye un patrimonio de los Gobiernos Municipales por lo cual podrán retirarla de los vehículos que no cuenten con sus impuestos al día.
Resolución Administrativa Nº 1137/2006, Art. 1º.- Todos los vehículos automotores que tengan como radicatoria este Gobierno Municipal, adicionalmente a la obligatoriedad de portar placas de circulación como prevé la Ley Nº 2332, debe llevar de manera obligatoria un autoadhesivo como Tercera Placa de identificación vehicular que contendrá información básica sobre datos técnicos del vehículo que será visible a simple vista como la información contenida en un código de barra.
Ordenanza Municipal Nº 68/2008.- Esta Ordenanza establece el control sobre placas de identificación de vehículos automotores dentro de la juridicción municipal ante la existencia de propietarios y/o poseedores que incumplen la Ley con placas que no les corresponden, robadas o falsas, necesitando un mayor control.
Código y Reglamento de Tránsito Decreto Ley Nº 10135, Art. 139º Infracción.- Llamada también transgresión o contravención, es el quebramiento de una o mas reglas del tránsito. Art. 140º.- Infracciones, en su Inciso 11. Circular sin placas.