Una sociedad extranjera puede ser
registrada en la República de Bolivia, debiendo para tal efecto cumplir con los
siguientes requisitos:
- Protocolizar, con orden judicial previa, en
la Notaria de Fe Pública del lugar en que tendrá su domicilio en Bolivia los
siguientes documentos:
- El contrato
constitutivo de sociedad y sus modificaciones.
- Estatutos y
reglamentos que acrediten su existencia legal en el país de origen.
- Autorización
legal o resolución del órgano administrativo competente de la sociedad para
establecer sucursal o representación permanente en el país.
- Designación
de la persona (s) que tengan la representación de la sociedad con poderes
amplios y suficientes para realizar todos los actos comprendidos en el objeto
social.
- Establecer sucursal, fijando domicilio
legal en un lugar del territorio de la República de Bolivia.
- Acreditar que el capital asignado para sus
operaciones en Bolivia ha sido íntegramente pagado.
- Certificado por el que se acredite estar
constituida y autorizada con arreglo a las leyes de su país de origen, expedido
por el Cónsul de Bolivia.
- Publicar el testimonio de la
protocolización de los documentos de la sociedad en un periódico de circulación
nacional.
- Elaborar un balance de apertura.
- Inscribir a la empresa en el Registro Único
de Contribuyentes dependiente del Servicio de Impuestos Internos.
- Obtener
Padrón Municipal.
¿Cómo puedo
constituir una sociedad en Bolivia?
El
inversionista puede constituir una sociedad en Bolivia, buscando uno o varios
socios que tengan residencia en el territorio nacional, designando para tal
efecto un representante legal que realice tal acto.
¿Qué tipo de
sociedad puedo establecer en Bolivia?
La ley boliviana permite el funcionamiento
de los siguientes tipos de sociedades mercantiles:
1. Sociedad de responsabilidad limitada
2. Sociedad anónima
3. Sociedad colectiva
4. Sociedad en comandita simple o por acciones
5. Asociación accidental o de cuentas en participación.
6. Joint Venture