Acto mediante
el cual los directores titulares, suplentes y síndicos constituyen fianza para
garantizar las responsabilidades emergentes del desempeño de sus cargos,
durante el ejercicio de sus funciones, así como la cancelación de las mismas.
Requisitos
- Formulario Nº
0070/03 de solicitud de Actos de Comercio, con carácter de declaración jurada,
debidamente llenado y firmado por el interesado.
- Testimonio de
escritura pública de constitución de fianza en el que se encuentre transcrita
la parte pertinente del acta de la junta general o asamblea general ordinaria
que determine la modalidad y el monto de la fianza, así como el acta de junta
de accionistas o asamblea general en la que conste el nombramiento del
directorio y/o síndico y/o fiscalizador interno.
- En caso que
éstos hubieran sido reelegidos, debe transcribirse el acta o actas en la(s) que
se determine(n) dicha reelección y consten expresamente los nombres de los
directores y/o síndicos y/o fiscalizadores internos.
- En caso que la
modalidad de fianza ofrecida sea en bienes inmuebles o bienes muebles sujetos a
registro, debe presentar ante el Concesionario del Registro de Comercio el
testimonio de la escritura pública de constitución de fianza en bienes, previamente
inscrito en el Registro de Derechos Reales o el registro correspondiente, en el
que se encuentre transcritas las actas referidas en el inciso precedente.
- En caso de
cancelación de fianza, testimonio de escritura pública de cancelación de fianza.
- Para efectuar
el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente
con la Matrícula de Comercio actualizada.
Costos
- S.A./S.A.M. y
en Comandita por Acciones: y Entidad Financiera de Vivienda Bs. 175,00
Plazos: Dos
días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del
trámite ante el Registro de Comercio.