Según el Art. 6º de la Ley 2492 (Principio de Legalidad o Reserva de Ley).- Solo la Ley puede:
Dentro de la norma deja claramente definido que las reducciones solo se dan por Ley, según el Art. 156º de Ley Nº 2492 contempla la reducción de la sanción pecuniaria, después de iniciada la fiscalización o efectuada cualquier notificación inicial o requerimiento de la Administración Tributaria.