En el caso que los impuestos sigan generándose en el registro computarizado del Gobierno Municipal a nombre del vendedor (persona jurídica) siendo que existe un Instrumento Público a nombre de una persona natural (comprador). Esto normalmente ocurre cuando el propietario no concluye con la presentación del mencionado Instrumento Público ante la Administración Tributaria y la Dirección de Tránsito, por lo tanto este sistema pide valores en libros.
Para poder pagar los Impuestos a partir de la gestión en que fue elaborada la minuta de transferencia, deberá llenar un formulario de valor en tablas (que es igual a la base imponible) acompañado por el Instrumento Público, que demuestra que el sujeto pasivo es persona natural.