Se entiende por el Valor en Libros (o Base Imponible del vehículo), al valor que podrá incluir una revalorización técnica de activos y que debe ser obtenido desde el balance contable al 31 de Diciembre de cada año correspondiente a la Gestión del Impuesto a la Propiedad, para que los contribuyentes registrados como personas jurídicas, puedan realizar el pago del impuesto a la propiedad mediante el sistema, para lo cual deberán presentar a la Administración Tributaria Municipal, el formulario correspondiente llenado y firmado por el contador o responsable de la empresa.