En conformidad a la Ley Nº 2492, en su Art. 19º Exención es la dispensa de la obligación tributaria materia, establecida expresamente por Ley.
La Ley que establezca exenciones, deberá especificar las condiciones y requisitos exigidos para su procedencia, los tributos que comprende si es total o parcial y en su caso el plazo de su duración.