REGÍMENES TRIBUTARIOS
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REGÍMENES TRIBUTARIOS



Regímenes tributarios. Son las categorías bajo las cuales una Persona Natural o Persona Jurídica que posee o va a iniciar un negocio debe estar registrada en el Servicio de Impuestos Nacionales. El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos.

Al momento de abrir un negocio o realizar el registro al padrón biométrico de Impuestos Nacionales, es necesario realizar una verificación de la clasificación de los regímenes tributarios existentes, ya que en relación a estos se establece la obligación de facturar.

Cuando se abre un negocio o se realiza el registro al Padrón Biométrico de Impuestos Nacionales, se realiza la clasificación de régimen tributario a la cual pertenecerá la empresa pudiendo estos clasificarse en los siguientes: 

  • El Régimen General engloba a todas las personas naturales o jurídicas que realizan actividades económicas relativas a venta habitual de bienes muebles, alquileres de bienes muebles e inmuebles, servicios en general, importaciones definitivas o todo bien o servicio que haya generado una actividad económica igual o mayor a 5Bs.

Ej. Venta de Electrodomésticos, vehículos, ropa, vajillas, casas, departamentos, restaurantes, médicos, contadores y servicios profesionales.

  • El Régimen Simplificado que engloba todas las actividades que son ejercidas mediante un oficio manual por cuenta propia en el domicilio propio o ajeno, y por el cual el precio unitario de sus productos vendidos no debe ser mayor a 640Bs.

Comerciantes minoristas, todas aquellas personas que desarrollan actividades de compra/venta de mercaderías en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en una vía pública con precios unitarios de sus productos vendidos no debe ser mayor a los 480 Bs.

Las personas que se encuentren bajo este régimen no emiten factura por la actividad económica.

Ej. Comerciantes minoristas, tiendas de barrio, kioskos, puestos, artesanos, maquilladoras, peluquerías, tejedores y otros.

  • El Régimen Integrado que comprende a a todas aquellas personas naturales que prestan servicio de: transporte público interprovincial de pasajeros o carga y transporte público urbano de pasajeros o carga. Los mismos deberán tener registrado a su nombre hasta dos vehículos.

Este sistema comprende Las personas que se encuentren dentro este régimen no deben emitir factura. 

Ejemplo: Vivanderos, Zapateros, Peluqueros, Maquilladores y otros.




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