Sindicatos y Asociaciones
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Sindicatos y Asociaciones



El derecho de asociación de sindicatos es un derecho reconocido, donde todos los trabajadores tienen derecho a asociarse en sindicatos para la defensa, representación de los trabajadores. Deben tener carácter de permanencia y legalizar su personería jurídica ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Los sindicatos tienen finalidad para la defensa de los derechos productivos de los trabajadores, en particular para:

  1. Celebrar contratos colectivos con los empleadores.
  2. Velar derechos de trabajadores.
  3. Representar a sus sindicados cuando ellos suscriban contratos individuales.
  4. Representar a sus sindicados ante conflictos colectivos
  5. Representar a sus sindicados en instancias de conciliación y arbitraje

Para constituir un sindicato, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Para sindicatos  gremiales  o  profesionales:  contar  con  más  de  veinte  (20) trabajadores sindicados.
  • Para sindicatos industriales de empresas: contar con más del cincuenta por ciento (50%) de los trabajadores.
  1. Presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social los siguientes documentos legalizados:
  2. Acta de constitución.
  3. Texto de estatutos, duplicados.
  4. Acta de aprobación de los Estatutos.
  5. Acta   o   poder   en   que   conste   la   personalidad   del   que   solicita   el reconocimiento.
  6. Nómina del Directorio.
  7. Nómina de socios.
  8. Contar con informe del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y dictamen del Fiscal de Gobierno.
  9. Contar con Resolución Suprema del Órgano Ejecutivo que conceda la personería jurídica al sindicato.



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