Le ofrecemos a usted un servicio especializado de asesoría directa a usted propietario de bienes inmuebles y de vehículos automotores, a usted empresario, propietario de una actividad económica, ya sea comercial, industrial o de servicios, o a usted que es prestador de servicios, abogado, contador, gestor de trámites, empresa constructora, empresa inmobiliaria, importador de vehículos, entidad financiera.
Nuestras asesorías le resolverán necesidades y problemas que tienen que ver con la propiedad de sus bienes, con el ejercicio de su actividad económica y con el pago justo de sus obligaciones tributarias. Para ello, para cada tipo de asesoría elegimos a los profesionales con mayor experiencia para poder atenderlo, a precios muy razonables.
Si usted es un contribuyente exento del pago de impuestos a la propiedad o transferencia de bienes, o representante de una institución, que por Ley es beneficiada con la dispensa de la obligación tributaria, establecida expresamente por la Ley Nº 2492 (Código Tributario) en su Art. 19º, le ofrecemos un servicio de asesoría para la preparación de carpeta con solicitud de exención debidamente fundamentada y documentada, incluyendo todos los documentos, requisitos y formularios exigidos, que le garanticen que la exención le será otorgada por la administración tributaria municipal en los plazos establecidos.
La exención tributaria, si bien está fijada por ley, no es otorgada de oficio por la administración tributaria municipal, debe ser solicitada expresamente por el beneficiario, todos los años. La exención también puede ser solicitada para gestiones tributarias vencidas cumpliendo con el pago de la multa por incumplimiento de deberes formales, siempre y cuando el beneficiario cuente con la información pertinente, hecho que se determinará durante la prestación del servicio de asesoría.
Son contribuyentes exentos: las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país, los miembros de las misiones diplomáticas y consulares acreditadas en el país, y los funcionarios extranjeros de organismos internacionales, gobiernos extranjeros e instituciones oficiales extranjeras. Asimismo, la Iglesia Católica de acuerdo a Ley, el Gobierno Central, Gobiernos Departamentales, Gobiernos Municipales y las Instituciones Públicas; esta franquicia no alcanza para los vehículos automotores pertenecientes a empresas públicas. Además, para los Bienes Inmuebles, son exentos los Beneméritos o viudas de Benemérito y Asociaciones, Fundaciones y demás entidades sin fines de lucro.
La Prescripción de Tributos conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 27312, en su Art. 5º no procede de oficio, esta debe ser solicitada por el sujeto pasivo o tercero responsable.
En este sentido, nuestro servicio de asesoría incluye la preparación de carpeta con solicitud de prescripción debidamente fundamentada y documentada, incluyendo todos los documentos, requisitos y formularios exigidos, que le garanticen que la prescripción le será otorgada por la administración tributaria municipal en los plazos establecidos.
En la asesoría se determinará que la prescripción del tributo se haya hecho efectiva, que no existen acciones de la administración tributaria que hubieran interrumpido el plazo de la prescripción, y se elaborará memorial fundamentando y documentado con los hechos concretos que hacen a la solicitud de prescripción del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, o del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores, o de la Patente de funcionamiento de Actividades Económicas, o del Impuesto Municipal a la Transferencia de Bienes Inmuebles y Vehículos Automotores.
Trámites de Transferencia de Inmuebles y Vehículos
Preparación de Carpeta con Documentos y Requisitos para Trámite de Transferencia de Bienes Inmuebles
Si desea realizar una transacción de transmisión de dominio de la propiedad de uno o más bienes inmuebles, sea esta una transferencia total, parcial o una transferencia total en acciones y derechos, bajo la modalidad de compra venta, una herencia, un anticipo de legitima, una permuta, una adjudicación, donación, dación de pago u otras, le ofrecemos un servicio especializado a través de profesionales, técnicos y jurídicos, con experiencia. Nuestro servicio le permitirá realizar en forma segura la transferencia e inscripción de su propiedad en los registros públicos pertinentes.
El servicio que le ofrecemos incluye la preparación de la carpeta con los respectivos documentos, cumpliendo con los requisitos, en los plazos establecidos por la normativa vigente y la Administración Tributaria Municipal, mediante el llenado de la declaración jurada y solicitud de actualización de datos cuando fuera necesario, más la revisión del título de propiedad e inscripción en Derechos Reales, solicitud de plano de ubicación actualizado, revisión de Minuta de Transferencia, documentación de identidad vigente y otros, y la verificación de la liquidación del Impuesto Municipal a la Transferencia (en el Gobierno Municipal) o Impuesto a las Transacciones (en el Servicio de Impuestos Nacionales), cual correspondiera.
Preparación de Carpeta con Documentos y Requisitos para Trámite de Transferencia de Vehículos Automotores
Le ofrecemos una asesoría integral, técnica, tributaria y jurídica, para que realice exitosamente su trámite de Transferencia de Vehículo Automotor, ya sea usted el propietario, el representante legal de este o un tercero responsable autorizado, con la finalidad de realizar el registro de la transmisión o cambio de dominio de un vehículo, ya sea esta una transferencia total o parcial de acciones y derechos, mediante un contrato de Compra Venta, Permuta, Adjudicación Judicial. Vehículo Diplomático, por Arrendamiento Financiero, Pacto de Rescate, División y Partición, Dación de pago, Reorganización de Empresa y Aporte de Capital, Anticipo de Legítima, Declaratoria de Herederos, Giro del Negocio, Reorganización de Empresa y Aporte de Capital y otras.
El servicio incluye la preparación de una carpeta con la solicitud correspondiente del tipo de trámite que corresponda, el llenado de declaraciones juradas y llenado de formularios de autorización más la verificación de la documentación, que deberá ser presentada en fotocopias y originales en un fólder amarillo. En los casos de Inscripción con Transferencia: la Minuta de Transferencia, Póliza de Importación y sus facturas, la documentación de identidad vigente; en caso de transporte público el memorándum expedido por Tráfico y Transporte del Gobierno Municipal; y, en todos los casos de Transferencia antes mencionadas, la Minuta de Transferencia, documento de identidad vigente y otros, además de una guía para para que usted realice la protocolización pertinente ante Notaria de Fe Pública y el registro en la Policía Departamental de Tránsito, hasta la conclusión al trámite de transferencia en el Gobierno Municipal.
Descargos de Notificación con Deuda Tributaria
Si usted, contribuyente natural o jurídico, propietario de un Bien Inmueble, de un Vehículo Automotor o posee una Actividad Económica, ha sido notificado por la Administración Tributaria Municipal, en uso de sus competencias, con una Orden de Fiscalización, con un Informe de Fiscalización, con una Vista de Cargo, con una Resolución Determinativa, con un Auto de Ejecución Tributaria, o con cualquier Resolución Administrativa emanada por la autoridad Municipal, le brindamos Asesoría Tributaria, mediante la elaboración de memorial de descargo, fundamentado y documentado, impugnando los actos administrativos cuando corresponda, o presentando descargos o solicitando la actualización de los registros y la reliquidación de la deuda tributaria, cumpliendo conforme a Ley, los términos, plazos y requisitos establecidos, con el fin de extinguir la deuda tributaria total o parcialmente, solicitando los descuentos de Ley y la reducción de sanciones, para el pago al contado o mediante la solicitud de un plan de facilidades de pago.
Producto de la asesoría realizamos la entrega de una carpeta con el memorial fundamentado y con todos los documentos y normas de respaldo que sustentan los descargos y la argumentación tributaria.
Actualización de Registro Técnico y Tributario
Si usted, es propietario, Apoderado Legal o poseedor de un Bien Inmueble, un Vehículo Automotor o una Actividad Económica, lo asesoramos haciendo una revisión del estado de su registro municipal, y del estado del cumplimiento de las obligaciones tributarias, mediante la verificación del registro en base a los datos técnicos y tributarios, tomando en cuenta el tipo de contribuyente, para el cumplimiento de su obligación tributaria u actualización del registro.
El producto que le entregaremos será un informe técnico, legal y tributario con el estado de su registro municipal, con las recomendaciones, y las respectivos solicitudes y memoriales que fueran pertinentes para presentar al Gobierno Municipal en función de los datos que se identifiquen deben actualizarse (nombre del propietarios, datos técnicos, estado de deuda tributaria), para la actualización del Plano de Uso de Suelo, del registro catastral (nuevo Certificado Catastral), de las características técnicas de la actividad económica, para el descuento de multas para el pago de deuda tributaria por gestiones vencidas, u otras cuando fueran pertinentes.
Asesoría Integral para la Conformación de Propiedad Horizontal, en Condominio o Mixta
Mediante este servicio brindamos asesoría integral para la conformación e individualización de propiedad horizontal, en condominio o mixta, que le permitirá iniciar la comercialización de los inmuebles en el menor plazo y con mayor seguridad jurídica, evitando reclamos posteriores de sus clientes, mediante un registro catastral y tributario adecuado.
El servicio de asesoría integral incluye:
El trámite de empadronamiento ante el Gobierno Municipal procede cuando el inmueble no tiene registro existente en el catastro municipal. Se considera también empadronamiento a las fusiones de uno o más predios o a las subdivisiones; aunque sean predios con registros en el catastro municipal, ya que los predios resultantes de cualquiera de estas operaciones tendrán nuevo código catastral. En el empadronamiento se establece la fecha de inicio tributario del inmueble, que es la fecha a partir del cual se generará el impuesto anual a la propiedad de bienes inmuebles (IPBI).
Para poder iniciar la asesoría, usted debe considerar proveernos con la información pertinente, como ser:
Pondremos un equipo multidisciplinario de profesionales (abogado, economista, ingeniero) de nuestro equipo para brindarle el servicio integral que usted espera.
Elaboración de Planilla de Superficies (Exclusiva, FIT, Área Común) conforme a Requisito de Catastro Municipal
El servicio contempla la revisión de planilla según las superficies entregadas por los profesionales que participaron del proyecto que dio origen a la propiedad horizontal, en condominio o mixta, y la elaboración final de la Planilla de Superficies para ser incluida en trámite de empadronamiento en el Gobierno Municipal.
Dependiendo del tipo de propiedad se elaborará la planilla respectiva para trámite de empadronamiento de:
En la planilla quedarán claramente determinadas las superficies para la inscripción legal de cada inmueble individualizado, y la superficie afectada para efectos tributarios del pago anual del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles (IPBI).
A seguir incluimos algunas definiciones que consideramos relevantes para establecer el lenguaje común que servirá para intercambiar los criterios que se requieren entre usted y nuestros profesionales durante la prestación de este servicio.
Superficie de Terreno: Es la parcela o predio de terreno donde edificará la propiedad horizontal o condominio, según mensura.
Superficie exclusiva total construida: Es la superficie propia o Privada construida de P.H.
Superficie común total construida:Es la superficie de todos los Espacios de uso común del P.H.
Superficie total construida: Es el resultado de la superficie exclusiva y común del total del P.H.
Unidad:Descripción y denominación cada unidad conformada en PH o condominio.
Superficie Exclusiva:Superficie propia o privada de cada unidad
Porcentaje de Participación: Porcentaje de participación de la unidad con Relación a la superficie exclusiva total.
Superficie común:Superficie de uso compartido entre los copropietarios.
Superficie Parcial: Sumatoria de la superficie exclusiva y la superficie de uso común.
Factor ideal de terreno en porcentaje (%): FIT es la relación porcentual de la Superficie exclusiva de la unidad con respecto a la superficie total exclusiva
Factor ideal de terreno en superficie (m2):FIT es la relación en metros cuadrados de la superficie del terreno con respecto al factor ideal de terreno.
Elaboración de Estatutos y Reglamentos de Propiedad Horizontal o Propiedad en Condominio, precio por unidad conformada
Un edificio (propiedad horizontal) o condominio, una urbanización,están conformados por departamentos, estacionamientos, bauleras, locales comerciales, oficinas y casas o viviendas unifamiliares, denominados unidad de inmuebles, con acceso independiente a la calle o a un elemento común.
El propietario de cualquiera de estos departamentos o casas comparte áreas, servicios e instalaciones comunes, siendo que el funcionamientoy mantenimiento de los mismos, en cuanto a su uso y costo, se regula por estatutos y por el reglamento de régimen interior.
Le ofrecemos la redacción del conjunto de normas que regularán el régimen, uso y funcionamiento interno, los derechos y deberes de los propietarios, la estructura orgánica de la comunidad, así como los detalles de convivencia y la adecuada utilización de los servicios y de los elementos comunes de una comunidad de propietarios.
Durante la prestación del servicio se solicitará una reunión en la cual se recibirán los antecedentes y se relevarán los criterios del solicitante respecto a la forma de administración. Nosotros estudiamos los datos que usted nos facilite y, con arreglo a ellos, le redactamos los estatutos y reglamentos internos. Le entregaremos un proyecto de estatutos y reglamento para su análisis, a fin de recibir las opiniones y observaciones, mismas que serán consideradas para la entrega del documento en versión final.
A seguir incluimos algunas definiciones que consideramos relevantes para establecer el lenguaje común que servirá para intercambiar los criterios que se requieren entre usted y nuestros profesionales durante la prestación de este servicio.
Régimen de Propiedad Horizontal: Sistema jurídico que regula el sometimiento a propiedad horizontal de un edificio o conjunto, construido o por construirse.
Reglamento de copropiedad bajo régimen de Propiedad Horizontal: Estatuto que regula los derechos y obligaciones específicas de los copropietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.
Elementos de propiedad común: Son aquellos bienes y áreas afectadas al uso común necesarios para la existencia, seguridad y conservación del edificio, que los copropietarios deben utilizar para el uso y disfrute de las instalaciones existentes en la comunidad, es decir los espacios, obras e instalaciones correspondientes a las áreasde uso común tales como el suelo donde se construyó el edificio, pasillos, puertas de ingreso, portería, escaleras, ascensores, jardines, etc.
Expensas comunes necesarias: Erogaciones necesarias causadas por la administración y la prestación de los servicios comunes esenciales requeridos para la existencia, seguridad y conservación de los bienes comunes del edificio o conjunto. Para estos efectos se entenderán esenciales los servicios necesarios, para el mantenimiento, reparación, reposición, reconstrucción y vigilancia de los bienes comunes, así como los servicios públicos esenciales relacionados con estos.
En los edificios o conjuntos de uso comercial, los costos de mercadeo podrán tener el carácter de expensa común necesaria, sin perjuicio de las excepciones y restricciones que el reglamento de propiedad horizontal respectivo establezca.
Preparación de Carpeta con Documentos y Requisitos para Trámite de Empadronamiento de Propiedad Horizontal o en Condominio y registro en las Oficinas de Derechos Reales
Le ofrecemos servicio de asesoría para que usted pueda realizar con éxito los trámites de Empadronamiento de su propiedad horizontal (edificios), propiedad en condominio (urbanización) o propiedad mixta, con la finalidad de individualizar los predios o departamentos, bauleras, estacionamientos y locales comerciales que vayan a constituir parte del régimen de propiedad, y a los que el municipio le asignará un registro catastra. Mediante este empadronamiento se establecerá la fecha de inicio tributario del inmueble que es la fecha a partir del cual se generará el impuesto anual a la propiedad de bienes inmuebles (IPBI).
El servicio que le ofrecemos contempla la preparación de la carpeta completa para presentar al registro municipal de catastro, verificando la correspondiente documentación legal que se vaya a presentar (constitución del régimen de propiedad, reglamentos), de acuerdo al tipo de constitución de propiedad, ya sea bajo régimen de Propiedad Horizontal (PH), constitución bajo régimen de Urbanización en Condominio Privado (UPC), urbanización privada con ingreso vigilado (UPIV) ourbanización mixta (PH y UPC). Realizaremos el llenado de la correspondiente declaración jurada y la verificación de la existencia de todos los requisitos que son exigidos por la unidad de catastro y la unidad tributaria municipal, verificando especialmente que la información de la planilla de superficies estén acordes con la superficies individualizadas de uso exclusivo, FIT y área común que han sido incluidas en los documentos de constitución legal del régimen de propiedad respectivo.
Le garantizamos con nuestro servicios especializado, usted estará en condiciones de presentar una carpeta completa con una solicitud lo suficientemente clara y fundamentada para que su trámite pueda ser procesado por la administración municipal sin contratiempos ni demoras.