Cambio de Radicatoria de Vehículos por Transferencia
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Cambio de Radicatoria de Vehículos por Transferencia



Este trámite corresponde cuando se requiere inscribir una transferencia en un municipio distinto del donde está registrado el vehículo. Al recibir el trámite el municipio realiza primero el cambio de radicatoria y luego procesa la transferencia con los datos de la Minuta de Transferencia.

Primer Paso: Presentar requisitos en las oficinas del SER (sección vehículos)

Requisitos para el ingreso del trámite:

  1. Declaración Jurada FORM. N° 12, Firmada por el Propietario (Solicitar en Informaciones).  En caso de que el trámite sea realizado por un gestor, éste debe estar autorizado en acápites N° III, y adjuntar fotocopia de su Documento de Identidad. OJO: DECLARAR EL CAMBIO DE RADICATORIA EL LA CASILLA CORRESPONDIENTE.
  2. Documento de Identidad del comprador (Fotocopia a color).
  3. Fotocopia del Documento de Identidad del Vendedor.
  4. Pre-aviso de cobranza de luz del domicilio del contribuyente (Donde especifique la UV y Mza.)
  5. 2 Fotografías fondo rojo de 2.5 x 2.5 cm.
  6. Certificado o Carnet de Propiedad (RUAT - 03) En caso de no tener, presentar Certificado de Extravío RUA 03 emitido por Tránsito. (validez 30 días).
  7. Póliza de Importación.
  8. Folder amarillo.

En caso de apoderado y/o Representante Legal adicionar Poder de Representación (Fotocopia) y Documento de Identidad del Apoderado (fotocopia a color) y NIT (fotocopia en caso de contribuyente jurídico).

NOTA.- Toda la documentación debe presentarse en original y fotocopias para su respectiva verificación.

Para los casos que el contribuyente presente copias legalizadas de la documentación, deberá presentar además denuncia de Transito por el extravío de sus Documentos  originales.

Segundo Paso: Pago

Recibidos los documentos, la Alcaldía emite la liquidación de los pagos, que serán los siguientes:

Costo.- IMT: 3% sobre el valor mayor entre la base imponible y el valor de la minuta (solo para Transferencias Normales) + 320 Bs. de recibo de Tránsito (en todos los casos); 33 Bs. (Cambio de Radicatoria).

El pago puede ser realizado en cualquier Entidad Financiera. LISTADO DE ENTIDADES FINANCIERAS

Tercer Paso: Sello Transferible y Protocolización

Pagado el impuesto a la transferencia, se debe gestionar en las dependencias de TRÁNSITO (en las mismas oficinas del SER) el sello de TRANSFERIBLE en la minuta de transferencia original, para lo cual se debe adjuntar lo siguiente:

  1. Minuta de Transferencia Original.
  2. RUAT.
  3. Resolución de Tránsito.

Con el sello de TRANSFERIBLE, hay que dirigirse la notaría para que se le realice la PROTOCOLIZACIÓN de la minuta, adjuntando el impuesto a la transferencia original, para lo cual deben firmar el protocolo el comprador y vendedor.

Cuarto Paso: Certificación para Transferencia en DIPROVE

Se debe obtener la Certificación para Transferencia en DIPROVE, con los siguientes requisitos en original y fotocopia:

  1. RUAT.
  2. Póliza de Importación.
  3. Impuesto a la transferencia.
  4. Formulario de Registro de Vehículo FRV.
  5. Cédula de Identidad del comprador.
  6. Escritura Pública de Transferencia.
  7. Depósito de Bs. 70 en la cuenta del Banco Unión N° 1-4584674.

Presentada la documentación se asigna día y hora para presentarse con el vehículo a la respectiva verificación.

Quinto Paso: Resolución de Tránsito

En las dependencias de TRÁNSITO (en las mismas oficinas del SER), se debe gestionar la Resolución de Transferencia de Vehículo, debiendo adjuntar los siguientes requisitos:

  1. Comprobante de pago de valorados.
  2. Dos Fotos del comprador 3x3 fondo rojo.
  3. Certificación de DIPROVE (original).
  4. RUAT (fotocopia).
  5. Minuta de transferencia con sello transferible (fotocopia).
  6. Testimonio de transferencia (fotocopia legalizada).
  7. Póliza (fotocopia).
  8. Factura o recibo SOAT (fotocopia).
  9. Carnet de Identidad (fotocopia a color).
  10. Para extranjeros, Certificado de Registro Domiciliario (FELCC).

NOTA.- Antes de presentar, hacer el cierre del trámite en ventanilla 37 del SER.

Sexto Paso: Recojo de Trámite

Obtenida la resolución de tránsito, se puede recoger el trámite en el SER, presentando los siguientes requisitos:

  1. Documento de Identidad del propietario o de la persona que ingreso el trámite (orig. y fot.).
  2. Certificado y/o Carnet de Propiedad (RUAT 03) original.  En caso de no tener, presentar Certificado de Extravío RUAT 03 emitido por Tránsito, (validez 30 días).
  3. Resolución de Tránsito (original y fotocopia legalizada).
  4. 3era. Persona: Poder Notariado.



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