Los vehículos y actos jurídicos relativos a ellos, se deben inscribir en el Registro de Transito.
El registro consignará los siguientes datos:
a) Características del vehículo
b) El derecho de propiedad, transferencia, gravámenes y limitaciones.
c) Las órdenes de las autoridades judiciales y componentes
d) Los accidentes.