Cuál es el plazo otorgado por la administración tributaria para tramitar la exención?
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Cuál es el plazo otorgado por la administración tributaria para tramitar la exención?



Toda solicitud de exención tiene un plazo para su presentación, posterior al mismo los solicitantes deberán pagar la multa por incumplimiento a deberes formales, excepto los inmuebles que son exentos de pleno derecho (Art. 53, Inc. a, de la  Ley Nº 843).

Según el Art. 11º del Reglamento Municipal de Requisitos y Trámites de Exenciones de los Impuestos Municipales, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 92/2005, el trámite de exención se podrá presentar a la Dirección de Recaudaciones hasta el 30 de junio de cada gestión, siendo pasibles a una multa por incumplimiento a deberes formales los que no realicen el respectivo trámite, así como aquellos que lo hagan después de la fecha establecida.





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