Según el Art. 68º de la Ley 2492 (Código Tributario),- constituyen derechos del sujeto pasivo los siguientes
A ser informado y asistido en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en el ejercicio de sus derechos.
A que la Administración Tributaria resuelva expresamente las cuestiones planteadas en los procedimientos previstos por este Código y disposiciones reglamentarias, dentro de los plazos establecidos.
A solicitar certificación y copia de sus declaraciones juradas presentadas.
A la reserva y confidencialidad de los datos, informes o antecedentes que obtenga la Administración Tributaria.
A ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal que desempeña funciones en la Administración Tributaria.
Al debido proceso y a conocer el estado de la tramitación de los procesos tributarios en los que sea parte interesada.
A formular y aportar, todo tipo de pruebas y alegatos que deberán ser tenidos en cuenta al redactar la correspondiente Resolución.
A ser informado al inicio y conclusión de la fiscalización tributaria.
A la acción de Repetición.
A ser oído o juzgado de conformidad a lo establecido en el Art. 16 de la Constitución Política del Estado.