2. Los bienes deben estar registrados a nombre de la empresa.
3. Las empresas con cierre al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre, deberán actualizar al 31 de Diciembre de acuerdo a normas contables. (Art. 37 del D.S. N° 24051).
4. Cédula de identidad de la persona que firma la Declaración Jurada: Representante Legal o Contador, acompañado de su respectivo poder notariado (Original y fotocopia).
5. Balance General y el Anexo del Activo Fijo donde se declara el bien y cuadro de depreciación del activo de forma detallada, debidamente firmado y sellado (Original y fotocopia).
6. Solvencia Profesional del contador o auditor que realizó el Balance (Original y fotocopia).
7. Formulario 605 del Servicio de Impuestos Nacionales debidamente sellado (Original y fotocopia).