La disolución
importa la finalización de la plenitud jurídica de la sociedad por alguna
causal enumerada en el Art. 378 del Código de Comercio, o disposiciones de la
ley o del contrato constitutivo, con efectos análogos, con las siguientes
características:
- Conserva la
personalidad a los efectos de la liquidación.
- Se modifica
el objeto (realización del activo y cancelación del pasivo)
- Se modifica
el régimen de las relaciones internas.
Requisitos
- Formulario Nº
0090 de solicitud de Registro de Disolución, Liquidación y Cancelación de
Matrícula de Comercio, con carácter de declaración jurada, debidamente llenado
y firmado por el representante legal.
- Testimonio de
escritura pública de disolución en original o fotocopia legalizada legible, en
la que se establezca la causal legal de la disolución (D.L.16833) y se
transcriba el acta de asamblea de socios o junta de accionistas que apruebe la
disolución de la sociedad.
- Publicación in
extenso en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia del
testimonio de la escritura pública de disolución.
- Para efectuar
el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente
con la Matrícula de Comercio actualizada.
Costos
- S.R.L./ Soc.
Colectiva y en Comandita simple: Bs. 680,50
- S.A./S.A.M. y
en Comandita por Acciones: Bs. 875,00
Plazos: Siete
días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso ante el
Registro de Comercio.
NOTAS:
Para publicar el Testimonio de Disolución de Sociedad Comercial en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, usted debe cancelar el Costos de publicación, a momento del ingreso de los requisitos en ventanilla, en cualquiera de las oficinas de FUNDEMPRESA.