Requisitos
- Formulario Nº
0090 de solicitud de Registro de Finalización de Actividades, Cierre y
Cancelación de Matrícula, con carácter de declaración jurada, debidamente
llenado y firmado por el representante legal.
- Balance
original de liquidación e inventario firmado por el o los liquidador(es) y el
profesional que interviene, acompañando la solvencia profesional original
otorgada por el Colegio de Contadores o Auditores.
- Balance
original de cierre (final) firmado por el o los liquidador(es) y profesional
que interviene, acompañando la solvencia profesional original otorgada por el
Colegio de Contadores o Auditores. En el caso de sociedades por acciones,
también deberá ser suscrito por el síndico.
- Proyecto de
distribución de patrimonio.
- Testimonio de
escritura pública de disolución y liquidación, en original o fotocopia
legalizada legible, que contenga la transcripción de las siguientes actas:
- Acta de
asamblea de socios o junta extraordinaria de accionistas que apruebe la
disolución y liquidación de la sociedad y la designación del liquidador o
comisión liquidadora.
- Acta de asamblea
de socios o junta extraordinaria de accionistas que apruebe el balance final de
liquidación y el proyecto de distribución de patrimonio.
- Publicación in
extenso en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia, del
testimonio de la escritura pública de disolución y liquidación.
- Publicación in
extenso en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia, del
acuerdo de distribución conforme a lo dispuesto por el Art.392 del Código de
Comercio. Requisito exigible únicamente en caso de existir distribución
- Testimonio de
poder del liquidador o comisión liquidadora en el que se inserte el acta de su
nombramiento. Si el liquidador es extranjero debe presentar el documento
original que acredite la radicatoria en el país (únicamente para verificación),
debiendo constar en el mismo alternativamente: Visa de objeto determinado,
permanencia temporal de un año, permanencia temporal de dos años, visa múltiple
o permanencia indefinida, acompañando una fotocopia simple de dicho documento firmada
por el titular. En su caso puede también presentar certificación original o
fotocopia legalizada extendida por el Servicio Nacional de Migración - SENAMIG.
- Para efectuar
el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente
con la Matrícula de Comercio actualizada.
- En caso de
entidades financieras establecidas en la Ley N° 393 de Servicios Financieros,
se requiere autorización de la ASFI
Costos
- S.R.L./ Soc.
Colectiva y en Comandita simple: Bs. 680,50
- S.A./S.A.M. y
en Comandita por Acciones: y Entidad Financiera de Vivienda Bs.. 875,00
Plazos: Siete
días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del
trámite ante el Registro de Comercio.
NOTAS:
Para publicar el Testimonio de Disolución y Liquidación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio, usted debe cancelar el Costos de publicación, a momento del ingreso de los requisitos en ventanilla en cualquiera de las oficinas de FUNDEMPRESA.