REQUISITOS GENERALES
- En
caso de personas que cuentan con la condición de refugio:
- Fotocopia
legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se
otorgó la condición de refugio o certificación que acredite dicho
extremo; o documento que acredite fehacientemente su condición de persona
refugiada reconocida por otro país emitido por autoridad competente.
- Fotocopia
simple de cédula de identidad de extranjero y presentación de la cédula
de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la cual será
devuelta inmediatamente al usuario(a).
- Autorización
de viaje emitida por la CONARE, según corresponda.
- Certificado
de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.
- En
caso de personas que cuentan con la condición de apátridas:
- Fotocopia
legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se otorgó
la condición de apátrida a la o el solicitante o certificación que
acredite dicho extremo; o documento que acredite fehacientemente su
condición de apátrida reconocido por otro país, emitido por autoridad
competente.
- .
Fotocopia simple de Cédula de Identidad de Extranjero y presentación de
la Cédula de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la
cual será devuelta inmediatamente al usuario(a).
- Autorización
de viaje emitida por la CONARE según corresponda.
- Certificado
de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.
COSTO
- 25
UFV´s
- Costo
en bolivianos: 58
- El
costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
Todos los documentos emitidos por el país de origen
o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser
traducidos y debidamente legalizados.