En caso de bien ganancial quien esta obligado de cumplir con el pago de IPVA
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En caso de bien ganancial quien esta obligado de cumplir con el pago de IPVA



En caso de bien ganancial el IPVA., debe cancelarse de la siguiente manera:

a)

Cada cónyuge, por la totalidad de sus bienes propios. En caso de separación judicial de bienes, también lo será respecto de los bienes que se le haya adjudicado en el respectivo fallo.

b)

El marido, por los bienes gananciales de la sociedad conyugal, independientemente del cónyuge en favor del cual está registrado el vehículo automotor.

c)

La sucesión, mientras se mantenga indivisa por los bienes propios del “de cujus”, y por la mitad de los bienes gananciales de la sociedad conyugal, si fuera el caso.

  • Se consideran responsables solidarios de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos señalados anteriormente:

a)

El albacea o administrador judicial, el cónyuge supérstite y los coherederos, por los bienes de la sucesión indivisa, antes y después de la declaratoria de herederos según sea el caso.

b)

El representante legal de los incapaces e interdictos.

c)

Los cónyuges, en cuanto a los bienes gananciales, y a los que pertenezcan al otro cónyuge


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