Las sucesiones o transmisiones gratuitas de bienes pagan el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB)
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Las sucesiones o transmisiones gratuitas de bienes pagan el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB)



Según el Art. 102º Ley 843, sobre el impuesto a las sucesiones y a las transmisiones gratuitas de bienes, se establece que independientemente del impuesto a las Transacciones se establecen las siguientes alícuotas: 

a) Ascendiente, descendiente y cónyuge: 1%
b) Hermanos y sus descendientes: 10%
c) Otros colaterales, legatarios y donatarios gratuitos: 20%


Comúnmente se piensa que si hacemos una transferencia a título gratuito se pagará menos impuesto o no se pagará nada, pero toda transmisión gratuita de bienes implica el impuesto a las Transacciones 3% + (1%, 10% o 20%) dependiendo del grado de parentesco que exista entre los donatarios y donantes.  Por lo tanto cuando una transferencia es a título oneroso solo pagará el 3% y no así el % adicional por parentesco.




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