Acto mediante
el cual los derechos emergentes de la separación o desvinculación matrimonial
referidos a los acuerdos de libre disposición patrimonial vinculan o refieren a
sociedades comerciales o comerciante individual. En caso de que uno o ambos
cónyuges sean comerciantes, deben inscribir dicho instrumento en el Registro de
Comercio, a los fines de precautelar los derechos establecidos.
Requisitos
Costos
Plazos: Dos
días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del
trámite ante el Registro de Comercio.