Los herederos, una vez fallecido el propietario tienen obligación de pagar el IPVA
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Los herederos, una vez fallecido el propietario tienen obligación de pagar el IPVA



Los derechos y obligaciones del sujeto pasivo y el tercero responsable fallecidos serán ejercitados o en su caso, cumplidos por el heredero universal sin perjuicio de que este pueda acogerse al beneficio de inventario.




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