NC Internacional 31 - Participaciones en negocios conjuntos
Resolvemos todos TUS PROBLEMAS FÁCIL, ACCESIBLE Y RÁPIDO.

NC Internacional 31 - Participaciones en negocios conjuntos



Esta Norma se aplicará en la contabilización de las participaciones en negocios conjuntos, así como para informar sobre sus activos, pasivos, gastos e ingresos en los estados financieros de los participantes e inversores, con independencia de las estructuras o formas que adopten las actividades llevadas a cabo por tales del negocio conjunto. No obstante, no será de aplicación en las participaciones en negocios conjuntos mantenidas por:

 

Entidades de capital de riesgo, o Instituciones de inversión colectiva como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que, desde su reconocimiento inicial, hayan sido designados para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en resultados, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NC 39 Instrumentos Financieros.

 


Reconocimiento y Medición. Estas inversiones se medirán al valor razonable de acuerdo con la NC 39, con cambios en el valor razonable reconocidos en el resultado del período del cambio.




COMENTA

Registro de Marcas, Patentes y Derechos de Autor Servicio Sugerido
Registro de Marcas, Patentes y Derechos de Autor



Apoyo Integral a la Empresa Servicio Sugerido
Apoyo Integral a la Empresa