OBJETO
DEL TRAMITE
Es la autorización otorgada por la Dirección
General de Migración a personas extranjeras para residir o permanecer en
territorio boliviano, dando cumplimiento a los siguientes requisitos:
REQUISITOS GENERALES
- Formulario
de Declaración Jurada de solicitud de permanencia definitiva, obtenido de
las oficinas o sitios Web de la Dirección General de Migración.
- Pasaporte
válido y vigente.
- Cédula
de Identidad de Extranjero original y fotocopia simple. En caso de que no
cuente con este documento, comprobante de pago de multas del Servicio
General de Identificación Personal – SEGIP. No aplica a cónyuge, hijas e
hijos dependientes y padres a su cargo en el marco del parágrafo II del
artículo 31 de la Ley N° 370.
- En
caso de necesidad de solicitar la ampliación de la permanecía definitiva
del o la cónyuge, hijas e hijos dependientes y padres a su cargo que tenga
la persona extranjera que cuente con permanencia definitiva en el país,
certificado de nacimiento o partida de nacimiento y/o certificado de
matrimonio debidamente legalizados.
- En
caso de que la o el cónyuge, hijas e hijos dependientes o padres a su
cargo apliquen a la ampliación de la permanecía definitiva y ésta no se
encuentre registrada en los sistemas informáticos de la DIGEMIG: Presentar
certificación de permanencia definitiva emitida por la DIGEMIG, previo al
inicio del trámite (esta información podrá ser recabada a través de la
página web: www.migracion.gob.bo).
- Permanencia
temporal de tres (3) años vigente en territorio boliviano; excepto para el
caso de la o el cónyuge, hijas e hijos dependientes y padres a cargo de la
persona extranjera que cuente con permanencia definitiva en el país.
- Certificado
de Antecedentes Policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N (no
aplica a menores de 14 años de edad).
- Certificado
de Antecedentes Penales – REJAP(no aplica a menores de 14 años de
edad).
- En
caso de que la o el solicitante haya salido por tres meses o más del
territorio boliviano, Certificado de Antecedentes Policiales
Internacionales emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de
edad).
- Documentación
que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano:
- Si
es por trabajo:
- En
caso de trabajo remunerado con relación de dependencia, presentar
cualquiera de los siguientes documentos:
- Contrato
de trabajo laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el
Ministerio de Trabajo, adjuntando copia simple del Acta de
Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de
Comercio – FUNDEMPRESA, u otro relacionado.
- Contrato
Civil con reconocimiento de firmas y rúbricas ante Notario de Fe
Pública, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su
certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, u otro
relacionado
- En
caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia:
- Declaración
jurada que establezca la actividad que desempeña, el lugar donde se
establece, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia, otros datos.
- En
caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Estatal:
- -
Copia simple del Acuerdo o Convenio Estatal.
- Además
presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Certificación original que acredite la
actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o
Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u
otra.
- Carta de aceptación original o fotocopia
legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino,
Organización No Gubernamental, Fundación, u otra
- Copia legalizada del contrato emitido por
la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental,
Fundación, u otra.
- En
caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Privado:
- Presentar
cualquiera de los siguientes documentos:
- Copia legalizada del Acuerdo o Convenio
Privado Interinstitucional donde se establezca el tipo de trabajo que
realiza en Bolivia.
- Certificación original que acredite la
actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o
Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u
otra.
- Carta de aceptación original o fotocopia
legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino,
Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
- Copia legalizada del contrato emitido por
la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental,
Fundación, u otra.
- En
caso de ser Religioso católico:
- Certificado
de la Misión, Arzobispado, Obispado, Parroquia o de la Conferencia
Episcopal.
- Si
es por familia:
- En
caso de parentesco consanguíneo con persona de nacionalidad boliviana
que vive en Bolivia:
Presentar documentación que acredite el
vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia
legalizada, documento nacional de identidad y copia simple de cédula
de Identidad boliviana del pariente consanguíneo (hermano, hermana,
hijo, hija) y original para su contrastación. La cédula de identidad
será devuelta una vez contrastados los datos.
En caso de que los datos de la Cédula de Identidad boliviana no sean
coincidentes con los que figuran en el sistema del SEGIP, la o el
solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula de Identidad
boliviana.
- En
caso de parentesco consanguíneo con personas extranjeras que radican en
Bolivia: :
- Presentar documentación que acredite el
vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia
legalizada, documento nacional de identidad, copia de cédula de
Identidad de Extranjero del pariente consanguíneo (padre, madre,
hermano, hermana, hijo, hija) y original para su contrastación. La
cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados
los datos.
- En
caso de parentesco civil con persona de nacionalidad boliviana que vive
en Bolivia:
- Certificado de matrimonio original
debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de
reconocimiento de unión libre o copia legalizada, y copia simple de la
cédula de Identidad boliviana de la o el cónyuge.
- En caso de que los datos de la Cédula de Identidad
boliviana no sean coincidentes con los que figuran en el sistema del
SEGIP, la o el solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula
de Identidad boliviana.
- En
caso de parentesco civil con persona de nacionalidad extranjera que
radica en Bolivia:
- Certificado de matrimonio original
debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de
reconocimiento de la unión libre o copia legalizada, y copia de cédula
de Identidad de Extranjero del cónyuge extranjero y original para su
contrastación. La cédula de identidad de extranjero será devuelta una
vez contrastados los datos.
- En
caso de persona extranjera que contrajo matrimonio con persona de
nacionalidad boliviana o extranjera en territorio boliviano:
- En
caso de dependencia económica:
- El respaldo será la declaración jurada que
especifique que la persona que está solicitando la permanencia
definitiva, depende económicamente de la persona que radica en Bolivia
y copia de cédula de identidad de la persona boliviana o extranjera de
la que depende económicamente.
- En
caso de afinidad:
- El respaldo será el o los Certificados de
parentesco correspondientes debidamente legalizados de ambas partes
(Ej.: Suegra, suegro, yerno, nuera, cuñado, cuñada, etc.).
- En
caso de tutela:
- El respaldo será el Certificado emitido
por autoridad competente de Bolivia debidamente legalizado.
- Si
es por otro motivo diferente a trabajo o familia:
- Documentación que acredite la actividad
que realiza en territorio boliviano, original y legalizada en los
casos que correspondan.
- Solvencia
económica acreditada mediante declaración Jurada realizada ante autoridad
migratoria, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera
de los siguientes documentos:
- Extractos
bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o
el solicitante de la permanencia definitiva.
- Contrato
laboral o civil.
- Ingresos
por concepto de alquiler y/o venta.
- Otros
relacionados.
- Fotografía
actual (4x4 fondo blanco).
- Constancia
de pago del costo del trámite.
COSTO
- 2510
UFV´s
- Costo
en bolivianos 5823
- Para
menores de 18 años: 1260 UFV´s
- Costo
en bolivianos 2923
- Para
Religiosos Católicos, Metodistas: sin costo
- El
costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
Todos los documentos emitidos por el país de origen
o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser
traducidos y debidamente legalizados.