OBJETO
DEL TRAMITE
Dirigida a personas extranjeras que se encuentren
en territorio boliviano con tratamiento médico especializado. Debe tramitarse
antes del vencimiento de la visa consular o de la permanencia transitoria.
Tiene una vigencia de un (1) año, prorrogable por periodos similares hasta la
culminación del tratamiento médico especializado. A partir de los 2 (dos) años
la permanencia no constituye residencia ininterrumpida.
Bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva.
REQUISITOS GENERALES
 - Formulario
     de Declaración Jurada de solicitud de permanencia temporal, obtenido de
     sitios web u oficinas de la Dirección General de Migración. 
- Pasaporte
     vigente. 
  - Sello
      de ingreso o admisión (Grupo I de Países), o visa Consular o la emitida
      por la DIGEMIG o permanencia transitoria según corresponda. (Parag. I,
      Art. 19 D.S. N° 1923). 
- En
     caso de renovación: 
  - Permanencia
      temporal de un (1) año vigente. 
- En
     caso de prórroga: 
  - Permanencia
      temporal de un (1) año vigente. 
- Certificado
     de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de
     alto riesgo. 
- Certificado
     médico que acredite el tratamiento especializado, emitido por el médico
     especialista con registro en el Colegio Médico de Bolivia. 
- Documentación
     vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes
     penales y/o policiales (no aplica a menores de 14 años de edad y a los que
     son inimputables de acuerdo a la legislación de su país de origen o de
     última residencia): 
  - En
      caso de inicio de permanencia temporal: 
   - Certificado
       de Antecedentes Policiales y/o Penales de su país de origen o
       Certificado de Antecedentes Policiales Internacional emitido por
       INTERPOL. 
- Certificado
       de Antecedentes Penales (REJAP) (en caso de haber permanecido en Bolivia
       bajo otra condición migratoria por el lapso de tiempo de 6 o más meses).
       
- En
      caso de haber permanecido en territorio boliviano por más de 180 días o
      realizar la prórroga de su permanencia: 
   - Certificado
       de Antecedentes policiales emitido por la F.E.L.C.C. y F.E.L.C.N. 
- Certificado
       de Antecedentes Penales (REJAP). 
- Certificado
       de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por la INTERPOL (en
       caso de que el o la solicitante haya salido por tres (3) meses o más del
       territorio boliviano). 
- Solvencia
     económica acreditada mediante declaración Jurada, respaldada documentalmente
     según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos: 
  - Extractos
      bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o
      el solicitante de la visa consular. 
- Contrato
      laboral o civil. 
- Ingresos
      por concepto de alquiler y/o venta. 
- Otros
      relacionados. 
- Fotografía
     actual (4x4 fondo blanco). 
- Constancia
     de pago del costo del trámite. 
COSTO
 - Hasta
     un (1) año y su prórroga 460 UFV´s 
- Costo
     en bolivianos 1067
- Hasta
     un (1) año y su prórroga para menores de 18 años 310 UFV´s 
- Costo
     en bolivianos 719
- El
     costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
     Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN. 
Todos los documentos emitidos por el país de origen
o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser
traducidos y debidamente legalizados.