Permanencia Transitoria por Objeto Determinado (Estudios)
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Permanencia Transitoria por Objeto Determinado (Estudios)



OBJETO DEL TRAMITE

Dirigida a personas extranjeras que ingresan al territorio boliviano, con el propósito de cursar estudios a nivel primario, secundario y en Instituciones de Educación Superior de Formación Profesional, bajo esta modalidad migratoria no se puede obtener la permanencia definitiva.
Tiene una vigencia de sesenta (60) días calendario y habilita a obtener la permanencia temporal por estudio hasta por tres (3) años, prorrogables por el mismo periodo de tiempo hasta la culminación de sus estudios.

REQUISITOS GENERALES

  • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Permanencia Transitoria, obtenido en las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.
  • Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.
  • Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo
  • Cualquiera de los siguientes documentos que acrediten los estudios del último nivel realizado en colegio, instituto o universidad del país donde hubiera radicado debidamente legalizados:
    • Certificación de estudios.
    • Título de bachiller, licenciatura o post grado.
    • Libreta o registro de notas.
    • Otros relacionados.
    • De contar con una visa consular por estudio, deberá acreditar los estudios que está realizando en Bolivia, a través de los siguientes documentos:
      • Certificación de estudios.
      • Nota original emitida por el colegio, instituto o universidad en la que conste la condición de estudiante del solicitante.
      • Otros relacionados.
  • Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o Certificado de Antecedentes Policiales Internacionales emitido por INTERPOL (no aplica a menores de 14 años de edad).
  • Solvencia económica acreditada mediante declaración Jurada realizada ante autoridad migratoria, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos:
    • Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante.
    • Comprobantes de envío de dinero del exterior a nombre de la o el solicitante.
    • Carta notariada que acredite la dependencia económica, acreditada documentalmente.
    • Otros relacionados.
  • Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
  • Constancia de pago del costo del trámite.

COSTO

  • Costo en UFVs: 160
  • Costo en bolivianos: 371
  • El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados. (No aplica a extractos bancarios o comprobantes de envío de dinero) 



POR OBJETO DETERMINADO (ESTUDIANTE DE INTERCAMBIO CON CONVENIO ESTATAL O PRIVADO)

 

OBJETO DEL TRAMITE

·         Con Convenio Estatal: Es otorgada por ciento ochenta (180) días calendario, con la finalidad de cursar estudios en virtud de acuerdos académicos estatales, tiene carácter gratuito

·         Con Convenio Privado: Es otorgada hasta por ciento ochenta (180) días calendario, con la finalidad de cursar estudios en virtud de acuerdos académicos entre Universidades públicas o privadas u otros centros de enseñanza con similares del exterior.

REQUISITOS GENERALES

    • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de Permanencia Transitoria, obtenido en las oficinas o sitios web de la Dirección General de Migración.
    • Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.
    • Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.
    • Si aplica a permanencia transitoria de estudiante con Acuerdo o Convenio Estatal o Privado.
      • Copia simple del Acuerdo o Convenio Estatal, carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Institución de Educación Superior de destino.
    • Si aplica a permanencia transitoria de estudiante con Acuerdo o Convenio Privado
      • presentar además copia legalizada del Acuerdo o Convenio interinstitucional según corresponda, donde se establezca el tipo de intercambio de estudiante.
    • Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
    • Constancia de pago del costo del trámite.

COSTO

    • Convenio Estatal: SIN COSTO
    • Convenio Privado: Hasta 180 días Costo en UFVs: 160
    • Costo en bolivianos 371
    • El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados. (No aplica a extractos bancarios o comprobantes de envío de dinero).




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