OBJETO
DEL TRAMITE
Dirigida a personas extranjeras que cumplan una
tarea remunerada o lucrativa, con o sin relación de dependencia, en el
territorio boliviano, cuya vigencia será hasta treinta (30), hasta noventa (90)
y hasta ciento ochenta (180) días dependiendo del tiempo de la actividad que
realice en territorio boliviano.
Será aplicable a personas extranjeras que sean remuneradas por el Estado
Plurinacional de Bolivia o por otro país (ya sea instancia pública o privada).
REQUISITOS GENERALES
- Formulario
de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria obtenida en
las oficinas o en los sitios web de la Dirección General de Migración.
- Pasaporte
con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad
vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.
- Certificado
de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de
alto riesgo
- Documentación
que acredite la actividad que desarrollará en territorio boliviano en caso
de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo
transitorio:
- Si
aplica a permanencia transitoria hasta 30 y 90 días:
- En
caso de trabajo remunerado con relación de dependencia:
- Carta
de Invitación de la Entidad o Empresa adjuntando copia simple de Acta
de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de
Comercio – FUNDEMPRESA u otro relacionado.
- En
caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia laboral:
- Declaración
jurada ante autoridad migratoria, que establezca la actividad que
desempeñará, el lugar donde se establecerá, el tiempo que pretende
permanecer en Bolivia.
- Si
aplica a permanencia transitoria hasta 180 días:
- En
caso de trabajo remunerado con relación de dependencia:
- Carta
de Invitación de la Entidad o Empresa o Contrato de trabajo civil o
laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio
de Trabajo (en los casos que corresponda) adjuntando copia simple del
Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de
Comercio – FUNDEMPRESA en los casos que corresponda, u otro
relacionado.
- En
caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia laboral:
- Declaración
jurada ante autoridad migratoria, que establezca la actividad que
desempeñará, el lugar donde se establecerá, el tiempo que pretende
permanecer en Bolivia.
Certificado
vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes
penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de
origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes
policiales internacionales emitido por INTERPOL, en caso de no haber
adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio (no
aplica a menores de 14 años de edad).
Ante la imposibilidad de la presentación de este requisito, deberá
presentar declaración jurada de carencia de antecedentes policiales
internacionales en su país de origen o de su última residencia, ante
autoridad migratoria.
- Solvencia
económica acreditada mediante declaración jurada, respaldada
documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los
siguientes documentos, en caso de no haber adquirido previamente la visa
consular por trabajo transitorio:
- Extractos
bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o
el solicitante de la permanencia transitoria.
- Contrato
laboral o civil.
- Ingresos
por concepto de alquiler y/o venta.
- Otros.
- Fotografía
actual (4x4 fondo blanco).
- Constancia
de pago del costo del trámite.
COSTO
- Hasta
30 días 160 UFV´s
- Costo
en bolivianos 371
- Hasta
90 días 360 UFV´s
- Costo
en bolivianos 835
- Hasta
180 días 610 UFV´s
- Costo
en bolivianos 1415
- El
costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
Todos los documentos emitidos por el país de origen
o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser
traducidos y debidamente legalizados. (No aplica a extractos bancarios o
comprobantes de envío de dinero).
POR OBJETO
DETERMINADO (TRABAJO CON CONVENIO ESTATAL O CONVENIO PRIVADO)
OBJETO
DEL TRAMITE
Dirigida a personas extranjeras que realicen
actividades laborales en virtud de Acuerdos o Convenios Estatales o Privados en
territorio boliviano.
Tiene una vigencia hasta de ciento ochenta (180) días calendario.
Quedan exentos de pago los Religiosos Católicos y Metodistas.
REQUISITOS GENERALES
- Formulario
de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria, obtenido en
las oficinas o en los sitios web u oficinas de la Dirección General de
Migración.
- Pasaporte
con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad
vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.
- Visa
consular por trabajo transitorio (opcional).
- Certificado
de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de
alto riesgo.
- Si
aplica a permanencia transitoria por trabajo con Acuerdo o Convenio
Estatal o Privado:
- Carta
de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Institución
de Educación Superior de destino, Organizaciones No Gubernamentales,
Fundaciones y otras.
- Si
aplica a permanencia transitoria por trabajo con Acuerdo o Convenio
Privado:
- Además,
presentar copia legalizada del Acuerdo o Convenio interinstitucional
según corresponda y/o documento original o copia legalizada que acredite
la existencia o constitución legal correspondiente.
- En
caso de ser Religioso católico:
- Certificado
de la Misión, Arzobispado, Obispado, Parroquia o de la Conferencia
Episcopal.
- Fotografía
actual (4x4 fondo blanco).
- Constancia
de pago del costo del trámite.
COSTO
- Con
convenio estatal: sin costo.
- Con
convenio privado: hasta 180 días 510 UFV´s
- Costo
en bolivianos 1183
- Para
religiosos católicos y metodistas: sin costo.
- El
costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
Todos los documentos emitidos por el país de origen
o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser
traducidos y debidamente legalizados. (No aplica a extractos bancarios o
comprobantes de envío de dinero)