OBJETO
DEL TRAMITE
Dirigida a personas extranjeras que ingresan al
territorio boliviano con el propósito de descanso o esparcimiento y que no
ejerzan actividad remunerada o lucrativa. Debe tramitarse antes del vencimiento
de la visa consular. Tiene una vigencia hasta de sesenta (60) días calendario,
plazo adicional a los treinta (30) días otorgados en la visa de turismo o
visita consular o la emitida por la Dirección General de Migración.
REQUISITOS GENERALES
COSTO
Todos los documentos emitidos por
el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español
deberán ser traducidos y debidamente legalizados.