La transferencia de un vehículo por compra venta o cualquier otro titulo traslativo de dominio, sólo podrá efectuarse, mediante instrumento público, previo pago de impuestos fiscales y emisión del Certificado de Propiedad extendido por el Gobierno Municipal, acreditando que el vehículo objeto del contrato, no esta afectado por ningún gravamen. Con la documentación antes mencionada y adjuntando los demás requisitos establecidos por la Unidad Operativa de Transito se puede realizar la solicitud de la Resolución Administrativa de Transferencia ante el Organismo Operativo de Transito.