¿Quiénes pueden hacer el trámite?:
Edad Mínima: 18
años
REQUISITOS:
1.
Cédula de Identidad de dos Testigos los cuales deben estar registrados en el Padrón Electoral Biométrico. No pueden ser familiares.
2.
Pruebas de Identidad.
3.
Resolución Administrativa otorgada por la Dirección Departamental del SERECÍ.
PROCEDIMIENTO:
Paso 1 Oficialía de Registro Civil.
Bs. 96
El nacimiento de una persona mayor de 18 años debe ser inscrito en una Oficialia de Registro Civil previo trámite administrativo seguido ante la Dirección Departamental de Registro Civil, conforme establece el presente Reglamento.
La solicitud de inscripción de nacimiento debe ser presentado por la misma persona mayor de 18 años a cualquier Oficialía de Registro Civil. Solo en caso de incapacidad de obrar del mayor de 18 años la solicitud podrá ser presentada por sus Padres o su Tutor.
NOTAS:
Nota Aclaratoria
Las pruebas de identidad de quién solicita la inscripción pueden ser
- El trámite deberá ser efectuada por el titular del registro.
- Cualquier documento válido donde figure el nombre de la persona mayor de 18 años
- Declaración de los dos testigos