Excenciones de Impuestos Municipales para Beneméritos
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Excenciones de Impuestos Municipales para Beneméritos



Son exentos del pago del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, aquellos inmuebles para vivienda de propiedad de los Beneméritos de la Campaña del Chaco o sus viudas y que les sirva de vivienda permanente, hasta el año de su fallecimiento y hasta el tope del primer tramo contemplado en la escala establecida en la Ley Nº 843 Art. 58º y Ley Nº 843 Art. 53º.

  1. Fotocopia del comprobante de pago del último impuesto cancelado.
  2. Fotocopia del Carnet de Benemérito o Cédula de Identidad.
  3. Fotocopia de la última boleta de pago de Benemérito.






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