Sujeto activo
Resolvemos todos TUS PROBLEMAS FÁCIL, ACCESIBLE Y RÁPIDO.

Sujeto activo



Ley Nº 2492 Art. 21º El sujeto activo de la relación jurídico tributaria es el Estado, cuyas facultades de recaudación, control, verificación, valoración, inspección previa, fiscalización, liquidación, determinación, ejecución y otras establecidas en este Código son ejercidas por la Administración Tributaria nacional, departamental y municipal dispuestas por Ley. Estas facultades constituyen actividades inherentes al Estado.




COMENTA

Transferencia de Bienes Inmuebles Servicio Sugerido
Transferencia de Bienes Inmuebles



Publicidad, imagen y comunicación Servicio Sugerido
Publicidad, imagen y comunicación