¿Quiénes pueden hacer
el trámite?
- Viudo
- Padres
- Persona con Poder
Notarial
- Hijos(as)
- Hermanos(as)
Edad Mínima: 18 años.
REQUISITOS:
1.
Certificado de Defunción Extranjero (Traducido si corresponde) legalizado hasta el Ministerio de Relaciones Exteriores.
2.
Documento de Identidad (C.I. O Pasaporte) del solicitante.
3.
Folder Amanillo
4.
Carta simple de solicitud dirigida al Director Departamental del Servicio de Registro Civico, solicitando la homologación de la defunción realizado ante autoridades extranjeras.
5.
Documento de identidad del solicitante y certificado de nacimiento o matrimonio que acredite la filiación con la persona fallecida (Original y fotocopia).
6.
Certificado de Nacimiento y Documento de Identidad de la persona fallecida (original y fotocopia).
7.
Certificado o partida de defunción en original. Legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia (Ubicado en Plaza Murillo). Si esta en otro idioma debe ser traducido al español por la embajada de origen y Legalizado también por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.
PROCEDIMIENTO:
Paso 1 SERECI DEPARTAMENTAL.
Bs. 46
Se presenta Carta simple de solicitud dirigida al Director Departamental del Servicio de Registro Civico, solicitando la homologación de la defunción realizado ante autoridades extranjeras,
junto con los requisitos descritos.
NOTAS:
NOTA ACLARATORIA
Resolución N° 071/2010 de 02 de diciembre de 2010 aprobado por el TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL.
Si los documentos estan en otro idioma deben ser traducido al español por la embajada de origen y Legalizado también por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.