OBJETO
DEL TRAMITE
Obtención de la Libreta de Tripulante Terrestre.
APLICABLE A:
Persona Boliviana
REQUISITOS GENERALES
- Fotocopia
simple de cédula de identidad vigente y presentación de la cédula de
identidad original, para su contrastación, la cual será devuelta
inmediatamente al usuario(a).
- Fotocopia
simple de licencia de conducir y presentación de la licencia de conducir
original (categoría C), para su contrastación, la cual será devuelta
inmediatamente al usuario(a)
- Si
es independiente: Certificación que acredite que pertenece a una
cooperativa u otra entidad similar de transporte internacional legalmente
constituida (sindicatos).
- Si
es dependiente de una empresa de transporte o es titular de una empresa
unipersonal de transporte:
- Solicitud
de la empresa de transporte para la emisión de la libreta de tripulante
terrestre.
- Tarjeta
de operaciones emitida por el Ministerio de Transportes.
- Certificación
que acredite la pertenencia a la empresa de transporte.
- Impresión
electrónica del NIT o certificación del NIT.
- En
caso de renovación:
- Además
de los requisitos señalados con anterioridad según corresponda, presentar
la Libreta de Tripulante Terrestre o certificado provisional de
tripulante terrestre.
- En
caso de que la Libreta de Tripulante Terrestre vencida o próxima a vencer
haya sido robada o extraviada, presentar:
- Certificación
de denuncias ante INTERPOL y FELCC.
- Publicación
en un medio de prensa escrito de circulación nacional por 3 días
continuos o discontinuos, en la que deberá figurar: nombre completo,
número de documento y número de Libreta de Tripulante Terrestre (número
de serie).
- Para
la realización de las publicaciones y de las denuncias correspondientes,
podrá consultar el número de la Libreta de Tripulante Terrestre (número
deserie) en la página WEB de la DIGEMIG: www.migracion.gob.bo
- En
caso de reposición:
- Por
motivos de robo o extravío, además de los requisitos señalados con
anterioridad según corresponda, presentar:
- Certificación
de denuncias ante INTERPOL y FELCC.
- Certificado
provisional de tripulante terrestre.
- Publicación
en un medio de prensa escrito de circulación nacional por 3 días
continuos o discontinuos, en la que deberá figurar: nombre completo,
número de documento, número de Libreta de Tripulante Terrestre (número
de serie).
- Para
la realización de las publicaciones y de las denuncias correspondientes,
podrá consultar el número de la Libreta de Tripulante Terrestre (número
deserie) en la página WEB de la DIGEMIG: www.migracion.gob.bo
- Por
motivos de daño o páginas agotadas de la Libreta de Tripulante Terrestre,
además de los requisitos señalados con anterioridad según corresponda,
presentar:
- Libreta
de Tripulante Terrestre dañada o con páginas agotadas.
- Constancia
de pago del costo del trámite.
COSTO
- Costo
en UFVs: 100
- Costo
en bolivianos: 232
- El
costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del
Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
- Renovación:
No tiene costo
LUGAR DE
ATENCIÓN :
Oficina Central de la Dirección General de
Migración - La Paz de Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 15:30 p.m.