Tramite de naturalización
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Tramite de naturalización



APLICABLE A:

Podrán adquirir la nacionalidad boliviana por naturalización, las personas extranjeras en situación legal, con más de tres (3) años de residencia ininterrumpida en el país bajo supervisión del Estado, que manifiesten expresamente su voluntad para obtener la nacionalidad boliviana. Es tramitada ante la Oficina Central o ante las Administraciones Departamentales de la DIGEMIG y es otorgada por la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante Resolución Suprema.

REQUISITOS GENERALES

  • Examen escrito aprobado de conocimientos generales referidos a historia elemental de Bolivia, aplicado por la Dirección General de Migración. Este requisito se exceptúa a niñas y niños hasta los doce (12) años de edad cumplidos.
  • Nota dirigida a la Ministra o Ministro de Gobierno, manifestando su voluntad expresa de adquirir la naturalización por permanencia de más de tres (3) años en territorio boliviano.
  • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de inicio de trámite de nacionalidad boliviana por naturalización por permanencia de más de tres (3) años en el país, obtenido de las oficinas o sitio web de la Dirección General de Migración
  • Pasaporte o documento nacional de identidad con vigencia mínima de seis (6) meses. En caso de personas refugiadas podrá presentar pasaporte o documento nacional de identidad u otro documento idóneo que acredite su identidad.
  • Demostrar la permanencia temporal por más de tres (3) años ininterrumpida en el país o permanencia definitiva
    • En caso de personas refugiadas permanencia indefinida con ejercicio de tres (3) años desde su otorgación.
    • En los casos que la Dirección General de Migración autorice expresamente la salida del territorio boliviano, la permanencia se considera ininterrumpida.
  • Certificado de nacimiento original debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y su respectiva traducción si corresponde; o copia legalizada del Certificado de nacimiento y su traducción si corresponde.
  • Cédula de Identidad de Extranjero emitida por el SEGIP en original, y una fotocopia simple para su contrastación.
  • Certificado que demuestre que la persona no tiene antecedentes penales emitido por el REJAP (no aplica a menores de 14 años de edad).
  • Certificado que demuestre que la persona no tiene antecedentes policiales internacionales emitido por INTERPOL. Aplicable para los casos en que la o el solicitante haya salido por tres (3) meses o más del territorio boliviano (no aplica a menores de 14 años de edad ni a personas refugiadas).
  • Declaración jurada ante la Dirección General de Migración, señalando el domicilio legal en Bolivia respaldado con la presentación del Certificado de registro Domiciliario emitido por la FELCC, y la actividad u oficio que realiza respaldada documentalmente a través de cualquiera de los siguientes documentos:
    • En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia, presentar cualquiera de los siguientes documentos:
      • Contrato de trabajo laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio de Trabajo, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, u otro relacionado
      • Contrato Civil con reconocimiento de firmas y rubricas ante Notario de Fe Pública, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, u otro relacionado.
    • En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia o en caso de realizar otra actividad u oficio:
      • Declaración jurada que establezca la actividad u oficio que desempeña, el lugar donde se encuentra establecido, el tiempo de permanencia en Bolivia y otros datos
    • En caso de ser Religioso católico:
      • Presentar Certificado de la Misión, Arzobispado, Obispado, Parroquia o de la Conferencia Episcopal.
  • Fotografía actual (4 x 4 fondo blanco).
  • Constancia de pago del costo del trámite.

COSTO UFV¨S: 4050

COSTO:  BS. 9.477.-

El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno y en el Tesoro General de la Nación en el BANCO UNIÓN previa revisión y autorización del operador de ventanilla de la plataforma de atención. La Dirección General de Migración no se responsabiliza por depósitos realizados sin esta autorización.

El trámite es personal, sencillo y no requiere de tramitadores. El único importe que debes cancelar es el que establece la norma. 




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